El ideario o carácter propio de los centros educativos agustinianos
El curso 1976-1977, las agustinas y agustinos españoles
hicieron público el Ideario o carácter propio de un Colegio
agustiniano. Para contextualizar la elaboración de este
texto hay que remontarse a dos hechos históricos de distinto
alcance. De ámbito universal y eclesial, el Concilio
Vaticano II. Aquella asamblea episcopal aprobó, entre otros
importantes documentos, una Declaración sobre la libertad
religiosa (Dignitatis humanae) y otra sobre la Educación
cristiana de la juventud (Gravissimum educationis). El
Concilio subraya cómo “el poder civil debe reconocer el
derecho de los padres a elegir con auténtica libertad las
escuelas u otros medios de educación, sin imponerles ni
directa ni indirectamente cargas injustas por esta libertad
de elección”. La Iglesia proclama la libertad religiosa para
todos, también para la escuela católica y para los padres
que desean una educación de sello religioso para sus hijos.
En un ámbito más próximo y reducido como es la historia española, a partir de la llamada etapa de la transición se produce un giro significativo con el paso a un tiempo de libertades que se manifiesta en la pluralidad de opciones políticas, religiosas y educativas. La sociedad presenta ahora un aspecto policromado. Se dice claramente en la Constitución aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978, que “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones” (Cap. II, Art. 16, 3).
Exigencias democráticas, relacionadas con el mundo de la educación, son: “Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza”. (Art. 27. 1), “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” (Art. 27. 3) y “Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales” (Art. 27. 6). También se protege el derecho a la libertad de cátedra (Art. 20, 1, c).
Ensamblar y reconocer los derechos de unos y de otros es una tarea de no fácil encaje que se puede convertir en motivo de polémica. Así surge, por ejemplo, el viejo contencioso entre escuela pública y privada que es urgente deshacer de modo definitivo. Lo público –porque pertenece a todos–, es causa suficientemente noble como para ser defendida por los hombres y mujeres de la Iglesia.
El nuevo marco jurídico y social tuvo su inevitable reflejo en la educación y la oferta educativa se diversificó. En este contexto plural, cada escuela –sobre todo las escuelas confesionales– tiene que presentar su propuesta pedagógica como carta de identificación y garantía de libertad. De este modo, los padres pueden ejercer el derecho que les asiste “para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” (Constitución Española, Art. 27. 3). Así surgió la conveniencia de plasmar en un texto escrito el Ideario o carácter propio que pretende ser columna vertebral del quehacer educativo del Centro y cartelera donde se proclaman los valores que especifican la pedagogía propia.
El texto supuso plasmar por escrito las motivaciones,
razones y valores que siempre han estado presentes en una ya
larga historia educativa. Sólo una institución identificada
con un cuadro claro de valores puede comparecer en el mundo
de la educación, erigirse en instancia crítica y ser lugar
de pensamiento y ámbito generador de cultura.
Como los tiempos actuales son de inseguridad y de zozobra, la tentación inmediata es dirigir nuestra mirada al pasado para buscar en él tierra firme donde hacer pie y clavar los vientos de nuestra tienda. Es oportuno recordar una sabia advertencia de san Agustín: “Mas que entretenernos en sutiles divagaciones sobre la vida pasada – que es patrimonio de los muertos–, lo verdaderamente importante es averiguar la norma a la que debe ajustarse la vida presente para que nos ayude a conseguir la vida futura” (Carta 167,2).
No es predecible, además, en qué dirección va a correr el río y qué revestimientos históricos y culturales se van a llevar las aguas del cambio. El resultado es, a veces, la perplejidad y el desmoronamiento de convicciones y de certezas. Actualmente, el mundo se ha reordenado en torno a la persona. Todo el proyecto humano descansa sobre esta tesis fundamental, con repercusiones en terrenos tan diversos como la conciencia, la familia, el amor... Nadie se atreve a sospechar el alcance de esta experiencia de subjetividad, pero, indudablemente, estamos ante un cambio esencial que hay que aceptar e interpretar adecuadamente, para no perder el tren de la historia.


